A diferencia de las personas físicas, los Estados tiene una longevidad perenne, lo cual les habilita para refinanciar su deuda de manera sistemática, a condición de ser solventes y creíbles. Así, satisfacen los intereses de la deuda pública en tiempo y forma, y cuando un préstamo llega a su vencimiento lo saldan con una nueva emisión de deuda. De esta manera, la carga resultante son los intereses, no el principal de la deuda. Esto significa, en el caso concreto de España, que una deuda del 118% del PIB le supone al contribuyente un coste del 2,2% del PIB anual. (…) Por eso, cuando se afirma que estamos dejando a nuestros hijos o nietos una carga insoportable, no es exactamente así. (…) Por otra parte, ¿no es razonable que el coste de determinadas inversiones e infraestructuras físicas y sociales que van a beneficiar a más de una generación de contribuyentes se reparta en el tiempo? ¿Qué país dejaríamos en herencia si no fuera por la deuda pública? ¿Es un coste excesivo en comparación con el beneficio que aporta?
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